C/ Recogidas 24, Portal B, Escalera B, 2ºB. 18002 Granada, Tlf: 958 25 52 03, e-mail: asociacion@aldaima.org

sábado

ACOGIMIENTO SIMPLE O PERMANENTE EN FAMILIA EXTENSA

El Acogimiento simple o permanente en familia extensa tiene preferencia respecto del acogimiento en familia ajena.La selección de los parientes para asumir el acogimiento familiar se realizará teniendo en cuenta las siguientes circunstancias:
– Suficiente interés, puesto de manifiesto por los solicitantes, por el bienestar del menor.
– Existencia de vínculo afectivo entre los solicitantes y el menor o posibilidades de establecerlo.
– Capacidad de los solicitantes de preservar al menor de las condiciones que generaron la situación de desamparo, así como una adecuada aptitud educadora.
– Ausencia de oposición al acogimiento de las personas que convivan en el domicilio de los solicitantes.
– Menor distancia generacional entre los solicitantes y el menor.



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